Reglamento ATUDEM y normativa FIS

La Asociación Turística de Estaciones de Esquí y Montaña (ATUDEM) aprobó en 1994 el Reglamento Interno de Funcionamiento de las Estaciones de Esquí Alpino Españolas, dotándolas de una autorregulación, una fuente de derechos y obligaciones para las Estaciones de esquí y sus usuarios.

Dicho reglamento fue revisado y actualizado en el año 2002 con una triple finalidad, ampliando la delimitación de los derechos y dberes de los usuarios: responder a los cambios normativos producidos (aprobación de las nuevas normas FIS); extender su aplicación a las estaciones de esquí alpino; y dar respuesta a las nuevas necesidades derivadas de los cambios producidos en la práctica del esquí a lo largo de estos años, como la concienciación por el desarrollo sostenible, responder a las necesidades de las personas con discapacidad, o el auge de nuevas modalidades.

Teléfono S.O.S. Emergencia en pista: 900 249 100

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La Federación Internacional de Esquí (FIS), fundada en 1924 y a la que están afiliadas 54 federaciones, aprobó en 2002 las normas FIS. Un modelo ideal de conducta para los esquiadores, snowboarders o cualquiera otros que se deslicen por la nieve, cuyo objetivo es evitar accidentes.

Normas para la conducta de los esquiadores alpinos y snowboarders

  1. Respeto de los otros: El esquiador o snowboarder debe comportarse de manera que no perjudque o ponga en peligro a los demás.
  2. Control de la velocidad y el comportamiento: El esquiador o snowboarder debe esquiar de forma controlada. Debe adaptar su velocidad y forma de esquiar o deslizarse en snowboard a su habilidad personal y a las condiciones generales del terreno, nieve y tiempo, así como la densidad del tráfico en las pistas.
  3. Elección de la ruta: El esquiador o snowboarder que viene de atrás debe elegir su camino de forma que no ponga a quienes van delante.